UNIÓN PANAMERICANA DE JUDO

UNIÃO PANAMERICANA DE JUDÔ

PANAMERICAN JUDO UNION

UNION PANAMERICAINE DE JUDO

 

Carta de la UPJ a ACODEPA y ODEPA

No.2009068.

02 de noviembre 2009.
Santo Domingo, Republica Dominicana.

Señores:

Miembros del Comité Ejecutivo de OODEPA.
Miembros del Comité Ejecutivo de ACODEPA
Presidentes de los Comités Olímpicos Nacionales.
Presidentes de Confederaciones Panamericanas.
Comité Organizador Juegos Panamericanos, Guadalajara 2011.
Federaciones Nacionales de Judo

Distinguidos Señores:

El pasado 26 de octubre recibí una llamada telefónica de Ivar Sisniega , Presidente de la Asociación de Confederaciones Deportivas Panamericanas, ACODEPA, desde México para informándome que ODEPA se oponía a mi presencia en la Asamblea General de esa organización a realizarse en Guadalajara, México del 4 al 6 de noviembre 2009.

Había recibido la invitación para asistir al conclave indicado de parte de Zadbi Cortes, Guadalajara 2011, el 15 de octubre y el Señor Ivar Sisniega me envió la agenda de la reunión de la Asociación de Confederaciones Deportivas Panamericanas, ACODEPA, a efectuarse el próximo día 04 de noviembre en mi condición de Vicepresidente de esa entidad.

La negativa de ODEPA no me ha sido enviada formalmente y al requerirla mi interlocutor puso en duda que me sea enviada.

La manera en la que se me impide la presencia es discriminatoria y desacata la decisión del Tribunal Arbitral del Deporte(CAS/TAS), cuyas decisiones son de obligado cumplimiento para los diferentes estamentos deportivos.

De esta manera ODEPA y ACODEPA desconocen y desatan la decisión del Tribual Arbitral del Deporte , TAS/CAS, del pasado 27 de julio cuando en sus considerandos y conclusiones el dictamen es el siguiente:

1.- La decisión del Comité Ejecutivo de la FIJ anunciada el 27 de marzo de 2009 no tendrá ningún efecto a menos que y hasta que sea confirmada por el CAS y, por tanto, el Congreso Ordinario de la FIJ no debe aprobar o ratificar la decisión hasta que el panel haya emitido un laudo sobre el fondo.
2.- Las comunicaciones y las informaciones emitidas por la FIJ, en cualquier forma, deben de evitar referirse a la Confederación Panamericana de Judo como la unión continental reconocida por la misma, a menos que también mencionen explícitamente el estado del caso "ante el Tribunal de Arbitraje del Deporte". Así pues, cualquier declaración en el Website de la FIJ o cualquier otro website y en cualquier otro material de la UF deben ser modificados sin demora

3.- Ni fondos o ventajas financieras en cualquier forma deberán ser remitidos o facilitadas a la Confederación Panamericana de Judo por la FIJ hasta que se haya emitido el dictamen del CAS.

Basado en esta sentencia la Federación Internacional de Judo retiro de la agenda del Congreso Ordinario del 23 de agosto 2009 en Rotterdam, Holanda el punto relativo al reconocimiento de la ilegal Confederación Panamericana de Judo.

Es claro que ninguna acción en contra de la Unión Panamericana de Judo debe ser aceptada hasta tanto el Tribunal Arbitral del Deporte (TAS) haya emitido su dictamen final.

Podríamos pensar que la ODEPA se fundamente en la consulta que le hiciera el Tribunal Arbitral del Deporte el pasado 10 de junio 2009 la que fue respondida en tiempo record el 15 de julio 2009, sobre la misma el Panel que conoce de la demanda en contra de la Federación Internacional de Judo incoada por esta Unión Panamericana de Judo, sin embargo, las medidas cautelares en uno de sus considerandos indica lo siguiente:

“El Grupo de expertos es consciente de recientemente se hizo una consulta sobre la opinión del CAS formulada por la Organización Deportiva Panamericana (“ODEPA”). El Grupo de expertos considera que el dictamen aborda cuestiones muy distintas a las cuestiones planteadas en el asunto actual. El dictamen se centra en si la creación de la Confederación PJ ha cumplido con los estatutos de la ODEPA, esta fue respondida afirmativamente, mientras que en el asunto actual, la cuestión es si la FIJ está autorizado para reconocer la Confederación de PJ como la única unión que represente al continente americano”.

Nos preocupa la actitud de la ACODEPA y ODEPA pues en un correo electrónico que nos remitiera el señor Ivar Sisniega, Presidente de ACODEPA, en fecha 22 de octubre no estaba incluido el punto No. 8 con el siguiente enunciado:

Admisión de la Confederación Panamericana de Judo y retiro de reconocimiento de la Unión Panamericana de Judo.

Esta nueva agenda la he recibido de manera confidencial pues la misma no me ha sido enviada por el señor Sisniega en franca violación al derecho de un debido proceso y en mi condición de Vicepresidente de Acodepa no he sido consultado en modo alguno.

Seguiremos luchando para que países como St. Lucia, British Virgin Islands, Dominica Island, Surinam, St. Kitts and Nevis, Cayman Islands, United States Virgin Islands, Belize, Trinidad & Tobago, entre otros, no sean obviados por condiciones que le impone la Federación Internacional de Judo las que son inaceptables, de difícil aplicación y cumplimiento por la situación económica de los mismos.

Tanto Aruba, Bolivia, Haití, Nicaragua, Honduras, Republica Dominicana, entre otros, quiere la Federación Internacional de Judo borrarlos del mapa deportivo de esta disciplina simplemente por tener independencia de criterios.

Y el caso de Panamá que a pesar de que el Tribunal Arbitral del Deporte (TAS/CAS) definió que el legitimo presidente de la Federación Panameña de Judo corresponde al licenciado Miguel Venegas, estamentos deportivos de América se obstinan en reconocer a otro entidad.

Finalmente todo lo que haga ACODEPA y ODEPA en las reuniones previstas en Guadalajara del 4 al 6 de noviembre 2009 premeditadamente y en contra de la Unión Panamericana de Judo carecerá de validez hasta tanto el Tribunal Arbitral del Deporte, TAS/CAS, emita el correspondiente laudo arbitral sobre el litigio entre la Unión Panamericana de Judo y la Federación Internacional de Judo.

Atentamente,

 

                

           Ing. Jaime Casanova
 
             Presidente UPJ
 

c.c. Jacques Rogge, Presidente Comité Olímpico Internacional.
      
Tribunal Arbitral del Deporte (TAS)

 

COMISIÓN DE MEDIOS

 

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