UNIÓN PANAMERICANA DE JUDO

UNIÃO PANAMERICANA DE JUDÔ

PANAMERICAN JUDO UNION

UNION PANAMERICAINE DE JUDO

 

NUEVA CARTA ENVIADA POR EL Ing. RAMÓN CARDOZE PRESIDENTE DEL INSTITUTO PANAMEÑO DEL DEPORTE AL PRESIDENTE DE LA FEDERACIÓN INTERNACIONAL DE JUDO
 

         

Panama, 14 de Octubre de 2008

Señor
Marius L. Vizer
Presidente
Federación Internacional de Judo (FIJ)

Señor presidente:

Deseo transmitir mis mejores deseos de éxito en sus funciones, con ocasión de hacer constar a Usted nuestra inquietud por la reforma que se propone realizar sobre requisitos para al reconocimiento de las federaciones deportivas nacionales de judo, en el Congreso de la Federación Internacional de Judo (FIJ) a celebrarse el 21 de octubre de 2008 en Bangkok Tailandia.

La Ley panameña, al igual que la de España y otros países, establece que la autoridad para reconocer los entes deportivos corresponde exclusivamente al Estado.

            En la República de Panamá, el Instituto Panameño de Deportes (PANDEPORTES), es la máxima autoridad deportiva encargada de supervisar la constitución, funcionamiento y desarrollo, incluyendo los procesos electorales para elegir sus autoridades, de todas las federaciones y organizaciones deportivas del país. Esta facultad es privativa, es decir, no es compartida con ninguna otra institución pública o privada.

El Comité Olímpico de Panamá es una asociación privada, sin fines lucrativos creada de acuerdo a la Ley nacional sin potestad y mucho menos autoridad, para otorgar reconocimiento a las federaciones u organizaciones deportivas que se integra por Delegados de éstas una vez son reconocidas por PANDEPORTES al cumplir los requisitos y trámites legales correspondientes

Por tales consideraciones estimamos sumamente preocupante que la Federación Internacional de Judo (FIJ) establezca, como requisito a sus afiliados, el reconocimiento de su Comité Olímpico Nacional pues ello desconoce la autoridad deportiva establecida en la Ley de cada Estado, en caso que la misma no sea el Comité Olímpico Nacional.

            No escapará a su ilustrado criterio que tal disposición entrañaría un desconocimiento flagrante de la Carta Europea de Deportes la cual taxativamente expresa: "Tanto los gobiernos como las organizaciones deportivas habrán de reconocer la necesidad de respetar mutuamente sus respectivas jurisdicciones"…y que: "El Consejo Europeo reconoce a las organizaciones deportivas, siempre que se conformen al derecho nacional y comunitario" y de la Carta Iberoamericana de Deportes lo que, estamos convencidos no es el propósito de la Federación Internacional de Judo.

Por tales consideraciones, exhortamos al Congreso de la FIJ para que legisle tomando en cuenta las mismas.

Con las seguridades de mi más alta y distinguida consideración quedo.

Atentamente,




 

          Ing. Ramón Cardoze
   Director General

 

                   
c.c. Miembros del Consejo Americano del Deporte (CADE) Comité Olímpico Internacional
Federación Panameña de Judo.

 


 

 

 

Si quiere obtener la carta original como un pdf, por favor haga clic aqui!!

 

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