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UNIÓN PANAMERICANA DE JUDO |
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UNIÃO PANAMERICANA DE JUDÔ |
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PANAMERICAN JUDO UNION |
UNION PANAMERICAINE DE JUDO |
Reunión del Comité Director
Lugar: HOTEL PALACE SARMIENTO, Calle Sarmiento, Buenos Aires, Argentina.
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RESOLUCIÓN N° 1 – 2004
Sistema de carnetización y reconocimiento Grados Dan
CONSIDERANDO: Que la Unión Panamericana de Judo en su afán por buscar el mejoramiento del proceso de membresía (carnetización) y homologación de grados, que se aprobó en el Congreso de la UPJ, en noviembre del año 2002, implementara a partir del 01 de enero del 2004, un sistema más eficiente para la realización de estos dos importantes procesos. Con mucha preocupación la Unión Panamericana de Judo ha recibido las quejas de algunas Federaciones Nacionales afiliadas en lo que se refiere a la homologación de los grados danes, ya que algunas personas han suministrado información falsa acerca del grado (DAN) que ostentan, por tal motivo,
RESUELVE
Art. I: A partir del 01 de enero del año 2004, todos los grados danes deberán estar avalados por el presidente de su federación, para esto los delegados técnicos antes del congresillo, deberán presentar a la comisión encargada del proceso de homologación y membresía un listado de los miembros de sus respectivos equipos (Competidores, Delegados, Árbitros, otros) que posean grado (DAN), no se aceptaran excepciones y las personas que no aparezcan en este listado que presentará su delegado les será denegado el derecho a participar en el evento que se este realizando (Campeonatos, Seminarios, Clínicas, Campamentos de entrenamientos etc.). Aquellos competidores que ostenten cualquier grado (DAN) que no estén dentro del listado oficial no serán incluidos en las listas para el sorteo.
Art. II: A partir del 01 de enero del año 2004, todos los participantes que integren la nomina oficial de una Federación Nacional en sus diferentes funciones (Competidores, Árbitros, Delegados, Masajistas, Médicos, Psicólogos, Fisioterapeutas y otros) deberán afiliarse a la Unión Panamericana de Judo por intermedio del delegado oficial de la respectiva Selección Nacional, la Unión Panamericana de Judo no aceptará afiliaciones individuales, de ningún miembro de una selección nacional, esto será de carácter obligatorio para poder participar en el evento en cuestión como Campeonatos, Clínicas, Seminarios, Campamento de entrenamientos, etc. Aquellos competidores que no se afilien antes del congresillo técnico, serán excluidos del sorteo y denegado todo derecho de participación sin posible apelación, tal medida no tendrá ningún tipo de excepción, pues es de carácter obligatorio.
Para ser ambos procesos mas sencillos dentro de la convocatoria a los eventos se anexara una planilla oficial, la cual deberá ser entregada a la comisión encargada de emitir los carnets de membresía y grados (DAN). La Unión Panamericana de Judo llevara un registro detallado el cual será suministrado en forma electrónica a cada una de las federaciones nacionales afiliadas y se publicara una base de datos en la página Web de la UPJ.
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RESOLUCIÓN N° 2 – 2004
CONSIDERANDO: Que un gran número de participantes en el Campeonato Panamericano quedan por fuera del cuadro de medallas y con el objetivo es estimular a todos los judokas que no son medallistas, se
RESUELVE
Art. I: Se haga un evento a seguidas del Campeonato Panamericano de Mayores donde no participen los atletas medallistas del Campeonato Panamericano de Mayores. En la Copa Simón Bolívar, evento que se realizara a posteriori del Campeonato Panamericano, podrán participar todos los atletas que no han obtenido medallas. El objetivo es estimular a todos los judokas que no son medallistas.
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RESOLUCIÓN N° 3 – 2004
CONSIDERANDO:
En
vista de los problemas que se han venido presentando con los casos especiales
que se dan eventualmente en algunos eventos donde se utiliza el sistema de
Competición de Round Robin, donde se ha notado una o mas discordancias entre
las reglas deportivas y las reglas de competición en algunos casos se,
RESUELVE
Art. I:
Empate entre
tres (3) competidores.
Se mantiene los
mismos criterios en los casos de empate, dichos criterios son:
1.- Número de combates ganados
2.- Puntos Obtenidos
3.- Resultado de la serie individual
De persistir el empate se vuelve a combatir entre los empatados y la resolución de éste nuevo combate se realizara por la aplicación de Golden Score. (Punto de Oro) Esto se aplicara a partir del 01 de Enero del 2004.
Art. II:
Situaciones
Especiales de Round Robin.
En
vista de los problemas que se han venido presentando con los casos especiales
que se dan eventualmente en algunos eventos donde se utiliza el sistema de
Competición de Round Robin, donde se ha notado una o mas discordancias entre
las reglas deportivas y las reglas de competición en algunos casos se decide lo
siguiente:
Cuando
se retira un competidor o en su defecto no se presenta un competidor:
a) Caso
Funsengachi (incomparecencia)
b) Caso Kiken Gachi (Abandono)
Nota: No se
eliminaran los puntos de aquellos competidores que se retiren de la competencia
por alguno de estos motivos, los puntos obtenidos serán reflejados en la
respectiva Planilla de Competencia.
En los casos donde solo hay cuatro competidores inscritos en una misma
categoría:
a)
Otorgar cuatro (4) medallas aún cuando un competidor no gane combates
Casos donde no se
completan todas las plazas de un Round Robin:
a)
Otorgar las medallas aunque no se complete la nómina
Ejemplos:
Un Competidor - Oro
Dos Competidores - Oro y Plata
Tres Competidores – Oro, Plata y Bronce
Todas estas resoluciones de aplicación en Round Robin serán efectivas a partir del 01 de enero de 2004.
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RESOLUCIÓN N° 4 – 2004
CONSIDERANDO:
Con
la finalidad de no producir un mayor desgaste en los competidores, siempre y
cuando los competidores no cambien de categoría en los eventos subsiguientes al
pesaje inicial se,
RESUELVE
Art. I: En aquellos eventos que reúnen varias pruebas consecutivas, como son competencias de Kata, Shiai y Equipos, o eventos diferentes se realizará un solo pesaje, esto con la finalidad de no producir un mayor desgaste en los competidores, siempre y cuando los competidores no cambien de categoría en los eventos subsiguientes al pesaje inicial. (Se Aplica a partir del 01/01/2004).
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RESOLUCIÓN N° 5 – 2004
Uso de Video en Combates Finales por Equipo
CONSIDERANDO:
Con
la finalidad de hacer una evaluación final para la implementación definitiva de
este sistema en el continente americano, con el concurso y participación de
todos los entes involucrados en este aspecto (Competidores, Entrenadores y
Árbitros) se,
RESUELVE
Art. I:
El Director de
Arbitraje preparará el sistema de apelación a los combates a partir de las
semifinales para su aplicación en el Campeonato Panamericano por Equipos que se
realizará en Isla Margarita, Venezuela. Se implementará
la utilización del sistema de filmación de los combates y la verificación del
video, será parte esencial del sistema a implementarse.
Posteriormente se hará una evaluación final para la implementación definitiva de
este sistema en el continente americano, con el concurso y participación de
todos los entes involucrados en este aspecto (Competidores, Entrenadores y
Árbitros).
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Cr. Oscar Cassineri |
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